jueves, 3 de noviembre de 2016

SABIAS QUÉ...?? ESTO ES PARA VOS. UN DERECHO... :) LA LEY 26.150 ¿QUÉ ES?

A partir de un enfoque desde el punto de vista medico la aparición del VIH el ministerio de salud y que esto se ocupa en cierta manera el ministerio de educación , en conjunto se comenzó un prevención informática sobre la sexualidad,(riesgo de embarazo precoz enfermedades de transmisión sexual) y promoción de la higiene sexual .

Con respecto a esto se produjo varios intentos de reformas educativa para la prevención del tema asta que: Se desarrollo la ley 26.150 Programa Nacional de Educación Sexual Integral ,sancionada el 4 de Octubre de 2006 y promulgada el 23 de Octubre del mismo mes .





Programa Nacional de Educación Sexual Integral, es promulgada en octubre de 2006 y con ella se busca garantizar el derecho de los/las estudiantes de todo el sistema educativo a recibir "educación sexual integral en los establecimientos educativos públicos, de gestión estatal y privada" de todas las jurisdicciones

A continuación algunos artículos de la ley 26.150. Que deberías saber...

Programa Nacional de Educación Sexual Integral

Artículo 1º - Todos los educandos tienen derecho a recibir educación sexual integral en los establecimientos educativos públicos, de gestión estatal y privada de las jurisdicciones nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipal. A los efectos de esta ley, entiéndase como educación sexual integral la que articula aspectos biológicos ,psicológicos , sociales afectivos y ético.

Articulo 3º - Los objetivos del Programa Nacional de Educación Sexual Integral son:

a)Incorporar la educación sexual integral dentro de las propuestas educativas orientadas a la formación armónica, equilibrada y permanente de las personas; 

b) Asegurar la transmisión de conocimientos pertinentes, precisos, confiables y actualizados sobre los distintos aspectos involucrados en la educación sexual integral;

c) Promover actitudes responsables ante la sexualidad; 

d) Prevenir los problemas relacionados con la salud en general y la salud sexual y reproductiva en particular; 

e)procurar igualdad de trato y oportunidades para varones y mujeres.

Articulo 8º - Cada jurisdicción implementará el programa a través de: a) La difusión de los objetivos de la presente ley, en los distintos niveles del sistema educativo;

b) El diseño de las propuestas de enseñanza, con secuencias y pautas de abordaje pedagógico, en función de la diversidad sociocultural local y de las necesidades de los grupos etarios;

c) El diseño, producción o selección de los materiales didácticos que se recomiende, utilizar a nivel institucional;

d) El seguimiento, supresión y evaluación del desarrollo de las actividades obligatorias realizadas;

e) Los programas de capacitación permanente y gratuita de los educadores en el marco de la formación docente continua; 

f) La inclusión de los contenidos y didáctica de la educación sexual integral en los programas de formación de educadores

14 comentarios:

  1. Para que se conazca la ley y se la aplique.

    ResponderEliminar
  2. Ta muy bueno e interesante pero para la próxima hacelo más breve jejjeje

    ResponderEliminar
  3. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

    ResponderEliminar
  4. Bien ahi,buena info...Ojala se impemente en todos los establecimientos la educacion sexual

    ResponderEliminar
  5. Est muy bueno el blog negro me gusto

    ResponderEliminar
  6. La educación sexual como ley! asi debe ser!

    ResponderEliminar
  7. No lo sabia!que bueno chicos la info super interesante!!!

    ResponderEliminar